Reinaldo Pared Pérez critica el uso de la bandera sin escudo, dice viola Constitución

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El presidente del Senado de la República, Reinaldo Pared Pérez, denunció este martes a través de su cuenta de Twitter, que en las instituciones públicas que izan la Bandera Nacional sin el escudo en el centro están violando el artículo 31 de la Constitución.
“Poner a ondear la bandera nacional en edificios públicos sin el escudo en su centro, es una grosera violación a la Constitución en su art. 31. ¡Hay que corregir ese despropósito!”, escribió Pared en su red social.
El Escudo, junto a la Bandera y el Himno Nacional, son considerados por la Carta Magna en su artículo 30 como símbolos patrios.
Según explica el articulo al cual hace referencia el presidente del Senado, el Escudo Nacional tiene los mismos colores de la Bandera Nacional.
El escudo
El escudo de la República Dominicana fue creado en la época de la proclamación de independencia nacional. El mismo ha experimentado un largo proceso de modificaciones sucesivas. La historia registra 21 escudos incluyendo el actual. Los primeros tienen elementos comunes con el escudo haitiano.
Este tiene los mismos colores de la Bandera Nacional dispuestos en igual forma. Lleva en el centro la Biblia abierta en el Evangelio de San Juan capítulo 8, versículo 32 y encima una cruz, lo cual surge de un trofeo integrado por dos lanzas y cuatro banderas nacionales sin escudo, dispuestas a ambos lados; lleva un ramo de laurel del lado izquierdo y uno de palma al lado derecho. Está coronado por una cinta azul ultramar en la cual se lee el lema “Dios Patria Libertad”. En la base hay otra cinta de color rojo bermellón cuyos extremos se orientan hacia arriba con las palabras “República Dominicana”. La forma del Escudo Nacional es de un cuadrilongo, con los ángulos superiores salientes y los inferiores redondeados, el centro de cuya base termina en punta, y está dispuesto en forma tal que resulte un cuadrado perfecto al trazar una línea horizontal que una las dos verticales del cuadrilongo desde donde comienzan los ángulos inferiores.
Artículo 31
La Bandera Nacional se compone de los colores azul ultramar y rojo bermellón, en cuarteles alternados, colocados de tal modo que el azul quede hacia la parte superior del asta, separados por una cruz blanca del ancho de la mitad de la altura de un cuartel y que lleve en el centro el Escudo Nacional. La bandera mercante es la misma que la nacional sin escudo.

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