Poder Ejecutivo promulga nueva ley de tránsito;

https://www.notiredsanjuan.com/2017/02/danilo-medina-promulga-nueva-ley-de.html
SANTO DOMINGO. El proyecto de ley de Movilidad,
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana
aprobado este martes en segunda lectura, en la Cámara de Diputados,
establece sanciones para quienes transporten niños en motocicletas.
También establece que solo dos personas
podrán transportarse en motos, con sus cascos protectores, y cuando se trata
del servicio de “motoconcho”, con chalecos que lo identifiquen.
El proyecto, de la autoría del diputado
Tobías Crespo, que fue aprobado con 139 votos favorable y uno en contra
tiene como propósito establecer cuáles serán las instituciones
responsables de planificar, regular, y supervisar la movilidad, el transporte y
la seguridad vial en el país.
La misma deroga la Ley No. 241, del 28
de diciembre de 1967, de tránsito de vehículos en la República Dominicana,
La pieza establece que el Estado creará
las condiciones para atraer a los agentes económicos interesados en invertir en
el sector.
Según el artículo 12 de dicha Ley
la conformación del Instituto del transporte Terrestre
(INTRANT) estará integrado por los ministerios de Obras
Públicas y Comunicaciones, quien lo dirigirá; Interior y Policía; Salud Pública;
Economía, Planificación y Desarrollo e Educación, o sus respectivos
representantes.
También la iniciativa estimulará
el desarrollo empresarial de los proveedores del servicio de transporte
terrestre, respetando los contratos existentes del servicio del transporte
público de pasajeros, siempre que cumplan con la ley.
Propone un esquema regulatorio que evite
la competencia desleal y los abusos por parte de instituciones, personas o
empresas en virtud de su posición dominante en el mercado.
También, velará por el interés general de
toda la población, en calidad de garante de la estabilidad jurídica que, además
de inspirar seguridad para la inversión, genere un ambiente adecuado para el
desarrollo empresarial basado en la fijación de reglas claras, confiables y
justas.
En su artículo 29, la iniciativa
establece que el transporte de pasajeros será considerado un servicio de
interés público, regulado y gestionado por el Estado a través del Instituto del
transporte Terrestre (INTRANT) y los ayuntamientos.
La iniciativa, que posee 195 artículos y
más de 100 páginas de orientación y control al sistema de Transporte del país,
pasa al Senado de la República para su estudio.
http://www.listindiario.com/
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