DGA Hoy vence el período de importación de vehículos con más de 5 años

https://www.notiredsanjuan.com/2017/06/santo-domingo.html
SANTO DOMINGO. – La
Dirección General de Aduanas (DGA) informó que este 30 de junio vence el
período de importación de vehículos con más de 5 años de fabricación, por lo
que quedarán prohibidas las importaciones a República Dominicana de carros
fabricados en 2011.
La DGA explicó,
mediante un aviso publicado recientemente, que la decisión de la prohibición se
ampara en el artículo 1 de la Ley No. 04-07, del 9 de enero de 2007, que
modifica la ley No. 495-06 sobre Rectificación Fiscal, del 28 de diciembre de
2006, que prohíbe la importación de vehículos con más de cinco años de
fabricación.
Aduanas precisa que la disposición está comprendida
en las partidas arancelarias Nos. 8702, 87.03 y en las
subpartidas Nos. 8704.21 y 8704.31,respectivamente, que establece
que el año vehicular concluye el 30 de junio del año en curso y de cada año.
El organismo indica que “todos los vehículos del
año 2011 que se importen después de esta fecha serán considerados como de 06
años de fabricación y, por lo tanto, se les prohibirá su introducción al país de
conformidad con la mencionada Ley”.
En su información dirigida a distribuidores,
empresas relacionadas con negocios de importación de vehículos de motor y
público en general, Aduanas expresa que los vehículos usados comprendidos en
las partidas y subpartidas anteriormente indicadas, cuya importación estará
permitida a partir del 01 de julio año en curso, serán los del año 2012 en
adelante.
No obstante la aplicación de la mencionada medida,
la DGA sugiere que cuando se trate de vehículos que estuvieren sobre buques, o
manifestados para ser transportados hacia la República Dominicana antes de la
finalización del plazo señalado, el consignatario deberá demostrarlo por ante
la Administración Aduanera, mediante la presentación de certificación expedida
por el transportista de la carga o su representante local, o del original del Conocimiento
de Embarque (Bill of Lading).
La institución facilitadora de comercio y de
recaudación orienta que, en esos casos, cuando se permita “validar la fecha
exacta de salida del medio de transporte a puertos dominicanos, desde el país
de origen o procedencia de los vehículos”, podrán ingresar al país.
Asimismo, la Dirección General de Aduanas informó
que la importante disposición no aplica para las importaciones de vehículos
consignados a las misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales
acreditados en el país.
El NUEVO DIARIO
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